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Funciones de la Secretaría General de la
Presidencia
La Secretaría General de
la Presidencia de la República, es el órgano responsable de
apoyo jurídico y administrativo de carácter inmediato y
constante a la Presidencia de la República. Por lo mismo, le
compete la administración, coordinación y ejecución de todos
los asuntos de la administración ejecutiva del Estado, de
acuerdo con las instrucciones del Presidente de la
República.
Es función de la
Secretaría General de la Presidencia tramitar los asuntos de
Gobierno del Despacho del Presidente. Además de lo dispuesto
por la Constitución Política y otras leyes, el Secretario
General de la Presidencia, tiene las atribuciones
siguientes:
Dar fe administrativa de
los Acuerdos Gubernativos y demás disposiciones del
Presidente de la Republica, suscribiéndolos.
Distribuir las consultas
técnicas y legales a los órganos de asesoría de la
Presidencia.
Revisar los expedientes
que se sometan a conocimiento y aprobación del Presidente de
la República.
Velar porque el despacho
del Presidente se tramite con la prontitud necesaria.
Su ámbito de competencia
conforme a su reglamento orgánico interno es:
a) Tramitar los asuntos de
Gobierno del Despacho del Presidente de la República;
b) El apoyo al Presidente
de la República y en particular en las funciones de
preparación y seguimiento de la ejecución del programa
gubernamental que tienen atribuidas;
c) La comunicación entre
el gobierno y los otros organismos del Estado, así como las
funciones de coordinación y asistencia en sus relaciones con
el Congreso de la República;
d) Las funciones
necesarias para la seguridad y certeza jurídica del accionar
de la Presidencia de la República;
e) Dirigir la red
informática de la Presidencia de la República de acuerdo con
los compromisos derivados de convenios o acuerdos entre los
estados miembros de la red iberoamericana y,
f) Las demás atribuciones
legalmente encomendadas, así como las restantes que se
determinen en el presente reglamento.
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